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El Colegio tiene como objetivo principal, promover la nacionalización, desarrollo y protección de las actividades profesionales de sus miembros, como también velar por la seguridad y protección de las actividades aéreas y el bienestar socio-económico y gremial de sus asociados.
Para lograr su objetivo el Colegio deberá preferentemente:
a) Velar por la buena conducta profesional de sus colegiados, manteniendo la disciplina y la ética profesional entre ellos, formulando las recomendaciones que estime necesarias y aplicando las normas correccionales que señalan estos estatutos.
b) Dictar para sus colegiados normas relacionadas con la ética profesional.
c) Promover el desarrollo y perfeccionamiento profesional de sus miembros y elevar la seguridad y protección de la actividad aérea.
d) Prestar protección a sus colegiados.
e) Crear instancias de bienestar para los colegiados.
f) Procurar el perfeccionamiento profesional y la especialización de los asociados a través de la capacitación y el entrenamiento en el país y en el extranjero, distribución de literatura, obtención de becas y otros medios semejantes que el Directorio Nacional estime adecuado. Al efecto, podrá crear Institutos y realizar cursos congresos seminarios y estudios para propender agrados académicos a fin de desarrollar los conocimientos profesionales de sus asociados.
g) Fomentar la cooperación y difundir los conocimientos profesionales por medio de debates, foros, conferencias, publicaciones técnicas y otros medios de difusión. Prestar y recibir asistencia profesional a institutos universidades y entidades públicas y privadas.
h) Crear bibliotecas y centros de documentación de carácter técnico-profesional, como también editar obras y revistas.
i) Mantener informados a los colegiados acerca de los adelantos científicos y técnicos que ocurran en el área profesional.
j) Tener presencia técnica en seminarios, reuniones y congresos de la profesión, a nivel nacional e internacional.
k) Coordinar su acción con instituciones similares del país o del extranjero, a fin de lograr íntegramente el cumplimiento de los fines del Colegio.
l) Dictar normas o recomendaciones técnicas relativas al ejercicio profesional de sus asociados, para elevar los niveles de eficiencia y seguridad de la actividad aérea.
m) Proponer a las autoridades que correspondan, proyectos de modificaciones legales o reglamentarias atingentes a la profesión.
n) Denunciar o deducir querella ante la justicia ordinaria por todo acto que llegue a conocimiento del Colegio, y que sea constitutivo del ejercicio ilegal de la profesión.
o) Prestar servicios de asesoría relativos a salvamento y extincion de incendios en aeropuertos, aeródromos y helipuertos, prevención de incendios, seguridad humana y demás materias inherentes a la profesión.